La intendencia quiere modificar normativa por “errores, imprevisiones y defectos”
En la pasada jornada fue publicado en el Diario Oficial la resolución por la cual se promulga el decreto departamental nº 6502/2011, en el que se prorrogan los plazos establecidos para aquellos operadores privados propietarios de estructuras o torres de sustentación instaladas en el departamento que no cumplen con las disposiciones que un decreto del pasado año 2010 estableció. La Junta decretó “prorrogar los plazos establecidos en el artículo 19 del decreto nº 6466/2010 por el plazo de un año, a contar del 6 de mayo de 2010”, en una norma que contó para su aprobación en general con 30 votos en 30 ediles presentes, y que fue sucrito por Mario Kroeff y Carlos Martínez (presidente y secretario general de la Junta), el pasado 5 de mayo.
En el texto de la norma la actual administración crítica duramente el anterior decreto y solicita que la Junta lo revea. Autoridades del legislativo departamental desconocían la publicación y la comisión que debe estudiar el tema aún no lo ha hecho.
¿QUE DISPONE EL DECRETO 6466/2010?
El decreto nº 6466/2010 del 9 de abril de 2010 regula las condiciones urbanísticas a las que deben someterse los elementos y equipos de comunicación instalados en el departamento de Salto, destinados a telefonía celular o transmisión de datos, transmisión de señales de televisión, radiodifusión y cualquier otro tipo que implique la instalación de estructuras, soportes y antenas de gran porte, a fin de que su implantación se realice con todas las garantías medioambientales y de seguridad y salubridad para los ciudadanos y que produzca la menor ocupación y el mínimo impacto visual y medioambiental en el espacio urbano. En su articulado se establecen condiciones para el emplazamiento de estas instalaciones, sea en zonas urbanas como suburbanas de alta densidad poblacional, en zonas rurales o suburbanas con baja densidad. También se disponen aspectos de la instalación propiamente dicha, que tienen que ver con el impacto visual, la altura máxima (45 metros sobre el terreno u 8 metros sobre la cubierta de los edificios), la utilización en espacios públicos. Se incluye un procedimiento para su instalación, previo permiso municipal y la presentación del denominado Plan de Implementación, como también aspectos que tienen que ver con la habilitación, la vigencia de la misma, el control e inspección periódica, el mantenimiento y las infracciones y sanciones.
El decreto 6466/2010 contó para su aprobación en general con 18 votos en 18 ediles presentes en Sala, y fue suscrito el 18 de marzo de 2010 por José Luis Pereira y Adriana Ferreira (presidente y directora general de la Junta en aquella oportunidad).
EL 6 DE MAYO PASADO VENCIÓ PLAZO DE REGULARIZACIÓN
Dicho decreto 6466 comenzó a regir el 6 de mayo de 2010 en lo que refiere a la instalación de nuevas estructuras, pero respecto de la regularización de las estructuras ya instaladas la norma cobró vigencia a partir del 6 de mayo del presente año 2011. Según el artículo 19 del decreto 6466 a las instalaciones existentes antes de la norma que no cumplen con las condiciones requeridas se les otorgó “un permiso provisorio por un plazo de 12 meses desde la vigencia”.
ERRORES CONCEPTUALES, IMPREVISIONES
Y DEFECTOS
Según resulta de los “Considerandos” de la norma publicada ayer la presente administración, encabezada por el intendente Germán Coutinho, entiende que debe ser revisado el contenido sustancial del decreto 6466 ya que “tiene una serie de errores conceptuales, imprevisiones y defectos de redacción, que traerán como consecuencia la imposibilidad de su correcta aplicación o la imposibilidad de aplicación práctica”.
En el considerando III del nuevo decreto se detallan las “objeciones que se han constatado”.
¿PARA PÚBLICOS Y PRIVADOS?
Considera el nuevo decreto que “por un lado en el artículo 1º las previsiones comprenden a las estructuras propiedad de empresas públicas y privadas, sin embargo en el artículo 19 solo se refiere a operadores privados, con lo cual se hace una diferenciación, contradicción que no puede existir y debe corregirse”.
TÉRMINOS CON CONNOTACIONES ELECTORALES
Continúa expresando que en el artículo 1º se pretende otorgar garantías medioambientales y de seguridad y salubridad para los ciudadanos, cuando, según la actual administración “debió decirse que era para todos los habitantes o vecinos y vecinas del departamento. No todos los habitantes son ciudadanos y no tiene sentido haber incluido un concepto que no comprende a toda la población, porque es toda ella la que hay que proteger”. Se considera que el anterior decreto “utilizó un término con obvias connotaciones políticas y electorales”.
RESPONSABILIDAD DE LA PROPIETARIA DE LA INSTALACIÓN
Si bien se entiende como correcta la responsabilidad que tiene el Técnico Civil inscripto ante la Dirección de Obras de la Intendencia, la actual administración entiende que “quien ese realmente responsable es la empresa propietaria de la instalación, por sí, y porque obviamente el técnico instalador, será, sin duda, un técnico que actuará bajo su dependencia”. Agrega que “parece prudente responsabilizar, fundamentalmente, a la empresa titular de la instalación, y no solo al técnico”.
SANCIONES PARA TODOS
Entiende la actual administración que “las sanciones previstas son para las estructuras que se instalen en el futuro, por lo que no están comprendidas las instalaciones ya existentes, para las que debió establecerse una sanción especial cuando no se adecuaran a la nueva normativa”. “De nada vale” agrega que “la Intendencia constate la existencia de estructuras no regularizadas si no está facultada para imponer sanciones ante dicha falta”.
NO SE CONOCÍA SU PUBLICACIÓN OFICIAL
Consultado personal administrativo de la Junta Departamental e incluso el propio presidente de la misma, Mario Kroeff, de principio no sabían de la publicación oficial de la víspera del decreto 6502. Ante el planteo de diario EL PUEBLO respecto de si el tema se iba a seguir tratando manifestaron que sí, “que será derivado a la comisión de salud de la Junta, que se reúne dos veces al mes, y que preside la edil del partido Colorado Shirley Domínguez”.
El propio presidente manifestó a diario EL PUEBLO que “si bien no tenía mucha idea del tema, porque fue producto del trabajo de una comisión de la Junta, según lo que me han dicho algunos ediles la aprobación de este decreto se efectuó para ganar tiempo”.
KROEFF: “EL TEMA ESTÁ QUE ARDE”
Agregó que “el tema está que arde, se va a seguir discutiendo por la comisión y luego por el plenario para ver que se resuelve”. Aseguró que se redactará un nuevo decreto .
La Intendencia, al momento de remitir el mensaje a la junta, hoy convertido en decreto, solicitó que “a los efectos de corregir las observaciones realizadas se remitan los antecedentes a la Comisión o a las Comisiones que así se dispongan”. Además pide “ser invitada a discutir una nueva redacción” del decreto 6466/2010, y que debe contarse con los aportes que puedan proporcionar personas e instituciones versadas en la materia.
La comisión de salud se debería de reunir los segundos y cuartos jueves de cada mes, pero según manifestaciones de fuentes consultadas hace tiempo que no lo hace.