INICIE SU CUENTA PARA TENER ACCESO A DIFERENTES FUNCIONES

¿HAS PERDIDO TU CONTRASEÑA?

OLVIDASTE TUS DETALLES

AAH, ESPERA, YA RECORDÉ MIS DATOS
  • INGRESAR

Diario El Pueblo - Salto Uruguay

  • Inicio
  • Titulares
  • Generales
  • Deportes
  • Policiales
  • Destacados
  • Política
  • Agropecuario
    • Lechería hoy
    • Pantallazo hortícola
  • Cultura
  • Fúnebres
  • Editorial
  • Vox-populi
  • Necrológicas
  • Sociales
    • Cine y entretenimientos
  • Especiales semanales
    • Lunes
      • Apuntes en borrador
      • Ayer y hoy
      • La columna
      • Más allá de la nostalgia
      • Salteños por el mundo
    • Martes
      • Al dorso
    • Miércoles
      • Link
      • Universidades
    • Jueves
      • Salud
    • Viernes
      • Turismo
    • Sábado
      • Soy joven
    • domingo
      • Entrevista
      • Mentiras verdaderas
  • Especiales del año
    • Día de la madre
    • Feliz día de la construcción
    • Jóvenes destacados 2015
    • Opciones educativas 2019
    • Suplemento proyecciones
    • Suplemento regional norte
    • Suplementos novias
    • Tuercas
  • Humor
  • Al dorso
  • Clasificados Económicos
  • Archivo de Noticias
  • Contacto
  • Inicio
  • Destacados
  • Salto -Concordia: a partir de mañana habilitan trafico vecinal, con declaración jurada se permite el ingreso de 5 kilos de mercadería por persona
domingo, 20 marzo 2022 / Publicado en Destacados, Generales, Titulares

Salto -Concordia: a partir de mañana habilitan trafico vecinal, con declaración jurada se permite el ingreso de 5 kilos de mercadería por persona

Comienza el piloto de Declaración Electrónica de Franquicia de Turistas y Tráfico Fronterizo en Salto
A partir del próximo lunes 21 de marzo se podrá en marcha el Plan Piloto de Declaración Electrónica de Franquicia de Turistas y Tráfico Fronterizo, aplicable en la Administración de Aduana de Salto, al cual se podrá acceder a través del sitio web de Dirección Nacional de Aduanas.
Este plan prevé que la realización de la declaración será tanto para turistas como personas que participan del tráfico fronterizo. Esta declaración –de acuerdo a lo que se establece en la Resolución General 11/2022 de la DNA- tendrá carácter obligatorio, debiendo el turista o residente registrar los datos solicitados en el sistema, previo al uso de la franquicia.


Luego se establece que “una vez realizada la declaración, el turista o residente presentará la mercadería ante la Dirección Nacional de Aduanas para ser controlada. El funcionario de Aduana dará el ingreso a la mercadería y registrará la actuación en el sistema Lucía solamente en los casos en que se cuente con dicha declaración”.
La resolución indica que “si el usuario no ingresó la Declaración de Franquicia de Turistas o Tráfico Fronterizo, según el caso, o habiéndose ingresado la misma, la mercadería no cumple con los requisitos establecidos en las normas, se procederá a iniciar el procedimiento infraccional correspondiente”.
Se subraya especialmente que “en cuanto a la veracidad de los datos aportados en la declaración se tendrá en cuenta lo previsto en el art 239 del Código Penal (Falsificación ideológica por un particular. El que, con motivo del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión).
Finalmente la resolución explica que “el incumplimiento de la presente o de su normativa legal y/o reglamentaria fundante, podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones administrativas, tributarias, infraccionales, aduaneras y/o penales correspondientes

Vigencia de los regímenes aduaneros especiales de equipaje, vehículos y efectos de turistas y tráfico fronterizo.
Direccion Nacional De Aduanas. Montevideo, 28 de octubre de 2021.-

1°.- Ratificar la plena vigencia de los regímenes aduaneros especiales de Equipaje y de Vehículos y Efectos de Turistas.
2°.- Comunicar a la población residente en las zonas fronterizas que respecto del régimen de tráfico fronterizo, la Dirección Nacional de Aduanas no procederá a la incautación cuando la mercadería:
a) No supere los 5 kg. por persona mayor de edad y una vez cada quince (15) días
b) Se trate de un surtido variado, destinado a la subsistencia de la unidad familiar.
c) No se incluyan mercaderías sujetas a restricciones o prohibiciones según la normativa vigente.
d) La persona resida en la misma zona fronteriza, situación que acreditará con recibo de pago de servicios a su nombre en dicha zona.

También puedes leer:

Para la historia: Liga Agrariasuma dos mujeres neutrales
La búsqueda negriazul
Se creó un espacio en el Parque Solari

Últimas noticias

  • Cuando el sábado se vuelve fuego. Universitario con Saladero y Salto Nuevo-River Plate

    -Los dos partidos que se adelantan al complemen...
  • PORTADA

    ...
  • Un libro del Prof. John E. Balbi Laxague: “Macuquinas en Uruguay – Todo lo que querías saber”

    John Balbi es un profesor de Física salteño que...
  • L I C E O

    1940 .Había terminado mi ciclo escolar. En esa ...
  • CICLO DE CHARLAS EN AJUPENSAL

    A.JU.PEN.SAL informa  que  el próximo   jueves ...







Categorías




  • 18 de Julio 151
  • 4733 4133
Diario El Pueblo - Salto Uruguay | Diseño: gn | agencia digital | Mantenimiento : Hecho en el Sur
SUBIR