La Intendencia Departamental dio a conocer ayer un decreto que restringe la circulación de vehículos pesados en la caminería rural los días de lluvia.
En sustancia la medida prohíbe la circulación de tránsito pesado por los caminos departamentales “en los días en que se produzcan precipitaciones pluviales que superen los 5 milímetros en la hora y que de acuerdo a las condiciones climatológicas pueden importar (sic) un serio perjuicio para los mismos. En este caso la prohibición se mantendrá hasta las 24 horas posteriores al cese de las lluvias.
La prohibición se mantendrá hasta 48 horas posteriores al cese de la lluvia para intensidades de lluvias registradas mayores de 20 centímetros en la hora.
Por otra parte se prohíbe también el arreo de ganado mediante arreo, por las vías, calles y o caminos departamental y en todas las vías de circulación urbana del departamento.
Se exceptúan los casos de emergencia o fenómenos climáticos que determinen la necesidad de rescatar o ayudar a personas damnificadas.
Se faculta al Director General del Departamento de Obras de la Intendencia para habilitar casos especiales de desplazamiento.
La resolución de referencia comenzará a regir dos días después de la última publicación en dos diarios locales (que se está haciendo) y un diario de circulación nacional.