-Esta noche en el Consejo Superior de la Liga Salteña de Fútbol, ingresará la nota de Salto Nuevo, en la que plantea de hecho el reclamo de los tres puntos frente a Gladiador, ante la presunta inhabilitación del golero ANTONHY COSTA. El golero acumuló la cuarta amarilla y sin embargo jugó frente a Saladero en la última fecha de la primera rueda. El partido concluyó con victoria de Saladero por 2 a 1. Al fin de semana siguiente sin haber cumplido el partido automático de pena, Costa volvió a jugar, en este caso ante Salto Nuevo, quien de hecho el viernes a la noche patentó el reclamo en las oficinas de la Liga.

Más allá de las interpretaciones reglamentarias que surjan y que el Tribunal Arbitral tendrá que ahondar, un aspecto no es menor: OFI alteró el Código de Procedimientos y determina que SON TRES DÍAS HÁBILES PARA RADICAR UNA PROTESTA. En la Liga Salteña, históricamente, son cinco días. Al quinto día reclamó Salto Nuevo.
La duda se clava como aguijón: en este caso, ¿cuál vertiente reglamentaria es aplicable? La de OFI o la de la Liga. Esa también es la cuestión. Pero además: ¿quién lo determina?-